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Condiciones generales socio
CONDICIONES GENERALES PARA SER SOCIO DE Asociación Alyssum
1.- INGRESO COMO SOCIO
Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación (art. 23 estatutos).
Podrán ingresar en la asociación todas aquellas personas mayores de 18 años que así lo soliciten expresamente. Los menores de edad podrán solicitar su ingreso con el consentimiento de su tutor.
2.- DERECHOS DE LOS SOCIOS
Los socios tendran los siguientes derechos (art. 26 estatutos y 10 del reglamento):
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación en cumplimiento de sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos.
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociación.
g) Poseer un ejemplar de los estatutos y del reglamento desde su ingreso en la asociación.
h) Solicitar, mediante petición razonada, el acceso a la documentación interna de la asociación.
3.- DEBERES DE LOS SOCIOS
Los socios tendrán las siguientes obligaciones (art. 27 estatutos y 11 del reglamento):
a) Cumplir los preceptos que marcan los Estatutos, el reglamento y los acuerdos válidos de las Asambleas y la Junta Directiva.
b) Abonar las cuotas que se fijen en tiempo y forma.
c) Asistir a las Asambleas y demás actos que se organicen.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.
e) Cooperar en el desarrollo del trabajo de la asociación y en la buena ejecución de las actividades que se determinen.
f) Desempeñar las funciones que les sean encomendadas por la Junta Directiva para la buena marcha de la asociación.
4.- PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE SOCIO
Los socios causarán baja por alguna de las causas siguientes (art. 25 de los estatutos, 12 y 13 del reglamento):
a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.
b) Por incumplimiento de las obligaciones económicas, si dejara de satisfacer 3 cuotas periódicas.
c) Cuando exista incumplimiento grave de los estatutos y del reglamento, a criterio de la Junta Directiva.
d) Cuando el socio impida deliberadamente el cumplimiento de los fines de la asociación.
e) Cuando su conducta vaya contra los principios sociales o dañen gravemente la imagen de la asociación.
5.- PAGO DE CUOTAS
La cuota a satisfacer de forma anual por los socios es de 18€, correspondiente a una cuota periodica mensual de 1,50€. El pago será anual y por el importe anteriormente reflejado debiendose realizar el pago dentro de los tres primeros meses del año.
En el caso de no satisfacer la cuota en el tiempo establecido se le dará de baja por incumplimiento de sus obligaciones económicas.
Al solicitar el alta, el nuevo socio deberá abonar la cuota anual correspondiente desde el mes de alta hasta el fin del año. Ejemplo: si una persona se da de alta el 12 de mayo deberá pagar 1,5 € x 8 meses (de mayo a diciembre), total 12 €.
Los menores de 16 años estaran exentos de pagar cuota siempre que su padre, madre o ambos sean socios de la Asociación Alyssum. A partir de 16 años pagaran la cuota ordinaria de 18€.
El pago de la cuota se hará mediante ingreso o transferencia bancaria a la cuenta corriente que la Asociación Alyssum posee en la entidad TRIODOS BANK número 1491-0001-28-2004995615.







